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Calculadora de utilidades 2026 Ecuador

Cuánto le corresponde a cada trabajador del 15% de las utilidades.

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Utilidad de la empresa

¿Qué valor tienes?

Trabajadores y ex trabajadores del año

NombreDíasCargas

Días: máximo 360 al año (incluye vacaciones). Cargas: cónyuge o conviviente en unión de hecho, hijos menores de 18 e hijos con discapacidad de cualquier edad, acreditados hasta el 31 de marzo.

¿Cómo se reparten las utilidades?

Las empresas y personas obligadas a llevar contabilidad reparten el 15% de la utilidad líquida del año entre sus trabajadores y ex trabajadores (Art. 97 del Código del Trabajo):

10% en proporción a los días trabajados, sin importar el sueldo: valor del 10% × días del trabajador ÷ suma de días de todos. 5% en proporción a las cargas familiares: días × cargas del trabajador ÷ suma de (días × cargas) de todos. Si nadie tiene cargas, el 5% también se reparte por días.

Fechas

La liquidación se hace hasta el 31 de marzo y el pago, hasta el 15 de abril del año siguiente.

Preguntas frecuentes

¿Hay un tope de 24 salarios básicos?

No. Ese límite se creó en 2015, pero la Corte Constitucional lo declaró inconstitucional en marzo de 2018 (Sentencia 002-18-SIN-CC). Hoy se reparte el 15% completo.

¿Quiénes son cargas familiares?

El cónyuge o conviviente en unión de hecho legalmente reconocida, los hijos menores de 18 años y los hijos con discapacidad de cualquier edad. Deben acreditarse ante el empleador hasta el 31 de marzo.

¿Me toca si ya no trabajo en la empresa?

Sí. Los ex trabajadores que laboraron durante el año también participan, en proporción a sus días.

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